Tema 2: La Educación Especial en el marco de la LOGSE. Su desarrollo normativo. El concepto de alumnos con necesidades educativas especiales

INDICE

1. Introducción

2. La Educación Especial en el marco de la LOGSE

2.1. Aportaciones de la LOGSE a la educación especial

2.2. LOMLOE y la atención a la diversidad

3. Su desarrollo normativo

3.1. Niveles de concreción

3.2. Legislación de (indicar comunidad autónoma)

3.3 Modalidades de escolarización para el alumnado con NEAE

4. El concepto de alumnos con necesidades educativas especiales

4.1. Alumnado con necesidades educativas especiales

4.2. Alumnado con retraso madurativo

4.3. Alumnado con trastornos del desarrollo y del lenguaje y comunicación

4.4. Alumnado con trastornos de atención o aprendizaje

4.5. Alumnado con altas capacidades

4.6. Alumnado con incorporación tardía al sistema educativo

4.7. Alumnado con desconocimiento grave de la lengua

4.8. Alumnado en situación de vulnerabilidad socioeducativa

4.9. Alumnado con condiciones personales especiales o de historia escolar

5. Conclusiones

6. Bibliografía

1. Introducción

La educación inclusiva es un principio fundamental en la sociedad actual, que busca garantizar la igualdad de oportunidades y el pleno desarrollo de todas las personas, sin importar sus características o capacidades. En este contexto, la educación especial desempeña un papel crucial al brindar apoyo y recursos adicionales a aquellos estudiantes que presentan necesidades educativas especiales.

En España, la Ley Orgánica de Educación (LOGSE) fue una normativa que estableció las bases para la educación inclusiva y la atención a la diversidad en el sistema educativo. Sin embargo, la LOGSE ha sido derogada y actualmente la ley educativa vigente es la Ley Orgánica de Modificación de la Ley Orgánica de Educación (LOMLOE).

La LOMLOE, promulgada con el objetivo de modernizar y adaptar el sistema educativo a las necesidades actuales, refuerza el enfoque inclusivo y la atención a la diversidad. Esta ley reconoce y promueve el derecho de todos los estudiantes a recibir una educación de calidad, garantizando la igualdad de oportunidades y el respeto a la diversidad. En el marco de la LOMLOE, el concepto de alumnos con necesidades educativas especiales adquiere una importancia crucial. Estos alumnos se definen como aquellos que requieren de apoyos y recursos adicionales para superar barreras y alcanzar los objetivos educativos establecidos. Las necesidades educativas especiales pueden estar relacionadas con discapacidades, trastornos del desarrollo, dificultades de aprendizaje, entre otros aspectos.

La LOMLOE establece medidas y estrategias para garantizar una educación inclusiva y de calidad para los alumnos con necesidades educativas especiales. Promueve la creación de entornos educativos que fomenten la participación, el respeto y la igualdad, así como la implementación de planes de apoyo individualizados y recursos adaptados a las necesidades de cada estudiante.

En este contexto, es fundamental analizar el desarrollo normativo de la educación especial en el marco de la LOMLOE, así como comprender los cambios y avances en comparación con la normativa anterior, la LOGSE. Este tema nos permitirá profundizar en los fundamentos y principios de la educación inclusiva, así como en las políticas y estrategias implementadas en la actualidad para asegurar una educación de calidad para todos los estudiantes, sin importar sus necesidades educativas especiales.

2. La Educación Especial en el marco de la LOGSE

2.1. Aportaciones de la LOGSE a la educación especial

La Ley Orgánica de Educación (LOGSE), que estuvo en vigor en España desde 1990 hasta su derogación, sentó las bases para la promoción de una educación inclusiva y la atención a la diversidad en el sistema educativo. En el marco de esta ley, se establecieron disposiciones específicas para la Educación Especial, reconociendo y atendiendo las necesidades educativas especiales de los estudiantes.

La LOGSE definió a los alumnos con necesidades educativas especiales como aquellos que, por dificultades específicas de aprendizaje, discapacidad o trastornos del desarrollo, requieren de una atención educativa diferente a la que se ofrece al resto de los estudiantes. Se hizo énfasis en la necesidad de proporcionar una respuesta educativa adecuada y ajustada a las particularidades de cada alumno, con el objetivo de garantizar su pleno desarrollo personal y social. En el ámbito normativo, la LOGSE estableció la obligatoriedad de la elaboración de Programas de Integración Escolar (PIE) para los alumnos con necesidades educativas especiales. Estos programas contemplaban adaptaciones curriculares y medidas de apoyo, tanto dentro del aula ordinaria como en espacios específicos de atención a la diversidad.

Asimismo, la LOGSE promovió la colaboración entre los centros de educación especial y los centros educativos ordinarios, buscando la integración de los alumnos con necesidades educativas especiales en entornos inclusivos. Se incentivó la creación de aulas de integración y se establecieron medidas para facilitar la transición de los estudiantes de educación especial a la educación ordinaria.

Es importante destacar que, aunque la LOGSE sentó las bases para la educación inclusiva y la atención a la diversidad, también se reconoció la importancia de la educación especial como una modalidad específica de atención educativa. Se reconoció el derecho de los alumnos con necesidades educativas especiales a recibir una educación adaptada a sus particularidades, respetando su ritmo de aprendizaje y proporcionándoles los apoyos necesarios para su desarrollo integral.

Leyes posteriores a la LOGSE y sus aportaciones a la educación especial

Desde la derogación de la Ley Orgánica de Educación (LOGSE), han surgido varias leyes educativas en España que han continuado avanzando en el ámbito de la educación especial y han aportado nuevas perspectivas y enfoques. Por ejemplo:

  1. Ley Orgánica de Calidad de la Educación (LOCE, 2002): Esta ley buscaba establecer un marco de calidad en la educación y promover la equidad en el sistema educativo. En relación con la educación especial, la LOCE reforzó la necesidad de la detección temprana de las necesidades educativas especiales y la elaboración de planes de atención individualizados para los alumnos que las requirieran. También se fomentó la integración de los alumnos con necesidades educativas especiales en los centros educativos ordinarios, siempre que fuera posible y beneficioso para su desarrollo.
  2. Ley Orgánica de Educación (LOE, 2006): Esta ley fue un paso importante hacia la consolidación de la educación inclusiva en España. La LOE estableció el derecho de todos los alumnos a recibir una educación de calidad y garantizó la atención a la diversidad. En relación con la educación especial, la LOE reforzó la importancia de la detección temprana y la evaluación psicopedagógica para identificar las necesidades educativas especiales de los alumnos. Además, promovió la creación de los Equipos de Orientación Educativa y Psicopedagógica (EOEP) para brindar apoyo a los centros educativos en la atención a la diversidad y la inclusión de los alumnos con necesidades educativas especiales. Es importante destacar que la LOE también fomentó la colaboración entre los diferentes agentes educativos, como las familias, los docentes y los profesionales de la educación especial, para asegurar una atención integral a los alumnos con necesidades educativas especiales. Asimismo, se impulsó la formación del profesorado en el ámbito de la educación inclusiva y se establecieron mecanismos de coordinación entre los centros educativos ordinarios y los centros de educación especial.
  3. Ley Orgánica para la Mejora de la Calidad Educativa (LOMCE, 2013): La LOMCE enfatizó la importancia de la evaluación y la detección temprana de las necesidades educativas especiales. Se promovió la identificación temprana de los alumnos con dificultades de aprendizaje o discapacidades, con el objetivo de brindarles una atención adecuada desde el inicio de su escolarización. Además introdujo la posibilidad de adaptar el currículo escolar a las necesidades específicas de los alumnos con necesidades educativas especiales. Se estableció la figura de las adaptaciones curriculares, que permiten ajustar los contenidos, los criterios de evaluación y las metodologías para favorecer el aprendizaje y la participación de estos alumnos. E hizo hincapié en la importancia de la formación del profesorado en el ámbito de la educación inclusiva y la atención a la diversidad. Se promovieron programas de formación y actualización para los docentes, con el objetivo de capacitarlos en la atención a los alumnos con necesidades educativas especiales y en la implementación de prácticas inclusivas en el aula.

2.2. LOMLOE y la atención a la diversidad

La Ley Orgánica de Modificación de la Ley Orgánica de Educación (LOMLOE, 2020), vigente en la actualidad, ha introducido nuevos cambios en el sistema educativo español y ha reforzado los principios de inclusión y atención a la diversidad. La LOMLOE establece medidas específicas para garantizar la igualdad de oportunidades y el derecho a la educación de calidad de los alumnos con necesidades educativas especiales, promoviendo su participación plena en el currículo común y brindando los apoyos y recursos necesarios para su desarrollo integral. A continuación, se detallan las principales aportaciones de la LOMLOE en relación a la atención a la diversidad:

  1. Enfoque inclusivo: La LOMLOE refuerza el enfoque de la educación inclusiva, reconociendo el derecho de todos los alumnos a recibir una educación de calidad, sin discriminación y adaptada a sus necesidades. Se busca eliminar barreras y garantizar la igualdad de oportunidades en el ámbito educativo.
  2. Planes de refuerzo y apoyo: La LOMLOE establece la implementación de planes de refuerzo y apoyo para atender las necesidades específicas de los alumnos. Estos planes ofrecen recursos y estrategias adicionales para asegurar que todos los estudiantes alcancen los objetivos educativos establecidos.
  3. Adaptaciones curriculares: La LOMLOE mantiene la figura de las adaptaciones curriculares como una herramienta para ajustar los contenidos, los criterios de evaluación y las metodologías educativas a las necesidades de los alumnos. Se busca asegurar un currículo flexible y adaptado a las características individuales de cada estudiante.
  4. Programas de diversificación curricular: Promueve la implementación de programas de diversificación curricular, que permiten a los alumnos cursar itinerarios académicos adaptados a sus necesidades e intereses. Estos programas ofrecen alternativas flexibles dentro del sistema educativo para promover el éxito académico de los estudiantes.
  5. Equipo de Orientación Educativa y Psicopedagógica (EOEP): Esta ley reconoce la importancia de los EOEP como equipos de apoyo especializado para la atención a la diversidad. Estos equipos brindan orientación y asesoramiento a los centros educativos en la detección, evaluación e intervención de las necesidades educativas especiales de los alumnos.
  6. Formación del profesorado: La LOMLOE destaca la importancia de la formación del profesorado en el ámbito de la atención a la diversidad y la inclusión educativa. Se promueve la capacitación del profesorado en prácticas pedagógicas inclusivas y en el manejo de estrategias didácticas que favorezcan el aprendizaje de todos los estudiantes.

Diseño Universal del Aprendizaje y educación inclusiva

El Diseño Universal del Aprendizaje (DUA) mencionado en la LOMLOE y la educación inclusiva son dos conceptos interrelacionados que buscan promover una educación de calidad y equitativa para todos los estudiantes, sin importar sus características o habilidades. A continuación, se explican brevemente ambos conceptos y su relación:

  1. Diseño Universal del Aprendizaje (DUA): El Diseño Universal del Aprendizaje es un enfoque pedagógico que propone la creación de entornos y materiales educativos flexibles, accesibles y adaptables, que satisfagan las necesidades de todos los estudiantes. Se basa en la idea de que los estudiantes son diversos en cuanto a sus estilos de aprendizaje, habilidades, intereses y experiencias, y que el currículo y la metodología educativa deben ser diseñados de manera que todos los estudiantes puedan acceder, participar y progresar. El DUA se apoya en tres principios fundamentales:
    • Proporcionar múltiples medios de representación: Ofrecer información y contenidos en diversos formatos y modalidades para que todos los estudiantes puedan acceder a ellos.
    • Ofrecer múltiples medios de acción y expresión: Permitir que los estudiantes demuestren sus conocimientos y habilidades a través de diversas formas y opciones.
    • Proporcionar múltiples medios de compromiso: Motivar y mantener el interés de los estudiantes mediante estrategias que respondan a sus intereses y necesidades individuales.
  2. Educación inclusiva: La educación inclusiva es un enfoque que busca garantizar que todos los estudiantes, incluidos aquellos con discapacidades o necesidades educativas especiales, tengan acceso a una educación de calidad en el entorno educativo regular. Promueve la igualdad de oportunidades, la participación activa y el respeto a la diversidad. La educación inclusiva implica la eliminación de barreras físicas, sociales y pedagógicas que puedan dificultar la participación plena de los estudiantes. Se busca que todos los estudiantes reciban apoyos y adaptaciones necesarias para su aprendizaje y desarrollo, y que sean valorados por sus capacidades y contribuciones individuales.

La relación entre el DUA y la educación inclusiva radica en que el DUA proporciona un marco teórico y práctico para diseñar y ofrecer una educación inclusiva. Al adoptar el DUA, los docentes pueden crear ambientes y materiales educativos que sean accesibles y respondan a la diversidad de los estudiantes, favoreciendo su participación activa y su éxito académico.

3. Su desarrollo normativo

3.1. Niveles de concreción

Los niveles de concreción curricular son una forma de adaptar y concretar el currículo general a las características y necesidades de los estudiantes, permitiendo al desarrollo normativo de la legislación vigente. A continuación, se presentan los tres niveles de concreción curricular más comunes:

  1. Primer nivel: En este nivel, se establece el currículo general y los objetivos de aprendizaje que deben ser alcanzados por todos los estudiantes. Es el nivel más amplio y abarca los aspectos generales de la educación, definiendo los conocimientos, habilidades y actitudes que se espera que los alumnos adquieran en cada etapa educativa. En este nivel podemos considerar, por ejemplo el RD 157/2022, de 1 de marzo, por el que se establecen la ordenación y las enseñanzas mínimas de la Educación Primaria y al RD autonómico (indica el RD de la Comunidad Autónoma a la que te presentas)
  2. Segundo nivel: En este nivel, se realiza una adaptación del currículo general a un contexto más específico, como el centro al que se dirige. En este caso nos referimos a la Programación General Anual, el Proyecto Educativo de Centro, Plan de Atención a la Diversidad,…
  3. Tercer nivel: En este nivel se indica los objetivos, contenidos, criterios de evaluación,..; para cada área del currículo y nivel educativo. El documento que recoge esta información es la Programación didáctica de cada área.
  4. Cuarto nivel: En este nivel, se realiza la adaptación curricular individualizada (ACI) para cada alumno. Se toman en cuenta las características, necesidades y capacidades específicas de cada estudiante, y se diseñan ajustes curriculares y medidas de apoyo personalizadas para aquellos alumnos que lo requieran.

3.2. Legislación de (indicar comunidad autónoma)

En este apartado explicaremos la legislación educativa vigente de la comunidad autónoma a la que te presentas y su relación con la educación especial

3.3 Modalidades de escolarización para el alumnado con NEAE

La Ley Orgánica de Modificación de la Ley Orgánica de Educación (LOMLOE) contempla diferentes modalidades de escolarización para el alumnado con Necesidades Específicas de Apoyo Educativo (NEAE). Estas modalidades buscan proporcionar una respuesta educativa adecuada a las necesidades individuales de los estudiantes. A continuación, se describen algunas de las modalidades más comunes:

  1. Escolarización en centros ordinarios con recursos de apoyo: En esta modalidad, los alumnos con NEAE son escolarizados en centros educativos regulares, donde reciben apoyos y recursos específicos para satisfacer sus necesidades educativas. Estos apoyos pueden incluir la presencia de profesionales especializados, adaptaciones curriculares, apoyo pedagógico adicional, entre otros.
  2. Aulas de apoyo específico: Algunos estudiantes con NEAE pueden ser escolarizados en aulas de apoyo específico dentro de centros educativos regulares. Estas aulas brindan un entorno más reducido y adaptado, con profesionales especializados que ofrecen apoyos intensivos y adaptaciones curriculares individualizadas.
  3. Unidades de Educación Especial: Para aquellos alumnos con NEAE que requieren un apoyo más intensivo, existen las Unidades de Educación Especial. Estas unidades son espacios especializados dentro de centros educativos, donde se ofrece una atención más individualizada y adaptada a las necesidades específicas de los estudiantes.
  4. Escolarización combinada: En algunos casos, puede ser necesario combinar la escolarización en centros educativos regulares con la asistencia a unidades de educación especial. Esto se realiza cuando los estudiantes requieren un apoyo adicional que no puede ser proporcionado exclusivamente en el entorno regular.
  5. Escolarización en centros de educación especial: Para aquellos alumnos con NEAE cuyas necesidades son muy complejas o específicas, puede ser apropiada la escolarización en centros de educación especial. Estos centros ofrecen un ambiente especializado y profesionales capacitados para atender a estudiantes con discapacidades o necesidades educativas muy específicas.

Es importante destacar que la elección de la modalidad de escolarización para el alumnado con NEAE se realiza de manera individualizada, teniendo en cuenta las necesidades y características de cada estudiante. El objetivo es asegurar una educación inclusiva y de calidad, garantizando el acceso, la participación y el progreso de todos los estudiantes en el sistema educativo.

4. El concepto de alumnos con necesidades educativas especiales

Con la llegada de la LOMLOE, la nominación del alumnado con dificultades de aprendizaje ha cambiado a alumnado con necesidades específicas de apoyo educativo (NEAE). Dentro de ella, podemos encontrar una gran variedad de tipos de alumnado. En el titulo II, capitulo I: Necesidades específicas de Apoyo Educativo (NEAE) podemos encontrar la siguiente clasificación:

4.1. Alumnado con necesidades educativas especiales

Según la Ley Orgánica de Modificación de la Ley Orgánica de Educación (LOMLOE), el término “alumnado con necesidades educativas especiales” se refiere a aquellos estudiantes que requieren de apoyos y adaptaciones específicas para acceder al currículo y participar de manera efectiva en el proceso educativo. Dentro de este grupo podemos encontrar alumnado con discapacidad intelectual, con discapacidad visual, discapacidad auditiva, discapacidad motora y trastornos graves de conducta como TGC, TEA o TEL.

4.2. Alumnado con retraso madurativo

El alumnado con retraso madurativo se refiere a aquellos estudiantes cuyo desarrollo madurativo, incluyendo aspectos cognitivos, emocionales y sociales, se encuentra por debajo de lo esperado para su edad cronológica. Estos estudiantes pueden presentar un retraso en el desarrollo de habilidades y competencias, lo cual puede afectar su desempeño académico y su adaptación en el entorno escolar.

4.3. Alumnado con trastornos del desarrollo y del lenguaje y comunicación

El alumnado con trastornos del desarrollo y del lenguaje y comunicación se refiere a aquellos estudiantes que presentan dificultades significativas en el desarrollo de habilidades relacionadas con el lenguaje, la comunicación y el procesamiento de la información. Estas dificultades pueden afectar su capacidad para comprender y expresarse verbalmente, así como para interactuar socialmente y participar en actividades académicas. En este grupo podemos encontrar alumnos con retraso simple del lenguaje, con mutismo selectivo, con disfemia, con taquilalia, con dislalia y discentes con trastorno de la comunicación social

4.4. Alumnado con trastornos de atención o aprendizaje

El alumnado con trastornos de atención o aprendizaje se refiere a aquellos estudiantes que presentan dificultades significativas en el procesamiento de la información, la atención, la concentración o la adquisición de habilidades académicas. Estas dificultades pueden afectar su capacidad para seguir instrucciones, organizar y planificar tareas, mantener la atención en el aula, procesar la información de manera eficiente o adquirir nuevos conocimientos. Dentro de este grupo podemos encontrar alumnado con TDAH y con DEA.

4.5. Alumnado con altas capacidades

El alumnado con altas capacidades se refiere a aquellos estudiantes que presentan un nivel de habilidades, talento o capacidad intelectual significativamente superior al promedio en una o más áreas específicas. Estos estudiantes poseen un potencial excepcional en aspectos cognitivos, creativos, académicos o artísticos, lo cual requiere una atención educativa diferenciada para satisfacer sus necesidades y fomentar su desarrollo pleno.

4.6. Alumnado con incorporación tardía al sistema educativo

El alumnado con incorporación tardía al sistema educativo se refiere a aquellos estudiantes que ingresan al sistema educativo en etapas posteriores a las habituales o con una trayectoria educativa interrumpida. Estos estudiantes pueden haber experimentado una interrupción en su proceso de escolarización debido a diferentes circunstancias, como migración, falta de acceso a la educación, enfermedad, entre otros motivos.

4.7. Alumnado con desconocimiento grave de la lengua

El alumnado con desconocimiento grave de la lengua se refiere a aquellos estudiantes que tienen una falta significativa de conocimiento y competencia en el idioma utilizado como medio de instrucción en el entorno educativo. Estos estudiantes pueden tener dificultades para comprender y expresarse adecuadamente en el idioma, lo que afecta su participación efectiva en el proceso de enseñanza-aprendizaje. Cuando el alumnado presenta un desconocimiento grave de la lengua utilizada en el sistema educativo, se enfrenta a desafíos adicionales en su proceso de adaptación y aprendizaje.

4.8. Alumnado en situación de vulnerabilidad socioeducativa

El alumnado en situación de vulnerabilidad socioeducativa se refiere a aquellos estudiantes que se encuentran en condiciones desfavorables o precarias en su entorno social, económico o familiar, lo que puede afectar negativamente su desarrollo y su acceso a una educación de calidad. Estos estudiantes enfrentan dificultades adicionales que pueden limitar su participación equitativa y plena en el sistema educativo.

4.9. Alumnado con condiciones personales especiales o de historia escolar

El alumnado con condiciones personales especiales o de historia escolar se refiere a aquellos estudiantes que presentan circunstancias particulares o experiencias educativas previas que pueden influir en su desarrollo y aprendizaje. Estas condiciones personales o de historia escolar pueden variar ampliamente y abarcar diferentes situaciones. Por ejemplo refugiados, inmigrantes, estudiantes con historia de fracaso escolar, con experiencias de exclusión social,…

5. Conclusiones

La educación especial en el marco de la LOMLOE ha experimentado avances significativos en la atención y respuesta educativa a los estudiantes con necesidades especificas de apoyo educativo (NEAE). A lo largo de las sucesivas leyes educativas, desde la LOGSE hasta la LOMLOE, se ha fortalecido el enfoque inclusivo y se han establecido medidas para garantizar una educación equitativa y de calidad para todos los estudiantes.

La LOMLOE ha reforzado el reconocimiento de la diversidad del alumnado y la necesidad de proporcionar una educación inclusiva, adaptada a las características y necesidades individuales de cada estudiante. Ha promovido el diseño universal del aprendizaje y ha reforzado la importancia de la atención a la diversidad, reconociendo que todos los estudiantes pueden tener necesidades educativas diversas en algún momento de su trayectoria escolar.

Además, la legislación educativa ha enfatizado la importancia de la detección temprana, así como la participación de los equipos docentes, las familias y los profesionales de apoyo en el proceso de identificación y atención de las necesidades educativas especiales. También se ha priorizado la colaboración y coordinación entre los diferentes agentes implicados en la educación especial, como los Equipos de Orientación Educativa y Psicopedagógica (EOEP), los servicios de apoyo externo y otros profesionales especializados.

Otro aspecto destacado es el reconocimiento de las modalidades de escolarización para el alumnado con NEAE, que ofrecen diferentes opciones en función de las necesidades individuales de los estudiantes. Esto incluye la escolarización en centros ordinarios con recursos de apoyo, las aulas de apoyo específico, las unidades de educación especial y las modalidades combinadas, con el objetivo de garantizar la inclusión y el acceso a una educación adecuada.

En definitiva, la LOMLOE ha contribuido a fortalecer la atención educativa a los estudiantes con necesidades educativas especiales, promoviendo un enfoque inclusivo, una mayor atención a la diversidad y la implementación de medidas y recursos para garantizar una educación equitativa y de calidad para todos los estudiantes, independientemente de sus características y necesidades individuales. Sin embargo, es importante seguir trabajando en la implementación efectiva de estas medidas y en la mejora continua de la educación especial, con el objetivo de brindar oportunidades educativas óptimas y facilitar el desarrollo pleno de cada estudiante.

6. Bibliografía

  • Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de Ordenación General del Sistema Educativo (LOGSE)
  • Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación (LOE)
  • Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la mejora de la calidad educativa (LOMCE)
  • Ley Orgánica 3/2020, de 29 de diciembre, por la que se modifica la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.
  • Real Decreto 157/2022, de 1 de marzo, por el que se establecen la ordenación y las enseñanzas mínimas de la Educación Primaria.
  • Legislación autonómica correspondiente
  • Pasarín – Lavín, Tania: Atención a la Diversidad. Amazon Kindle. Oviedo, 2021